CÓDIGO DE CONDUCTA

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA FUNDACIÓN SOCIAL
Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR

 

Como en toda empresa, el valor fundamental de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR viene constituido por la relación con sus grupos de interés, a los cuales debe dirigirse la mayor dedicación y el mayor esfuerzo para la satisfacción de sus necesidades, y especialmente importante es la relación de la propia organización con CAJA RURAL DEL SUR, como entidad fundadora, sin cuya colaboración profesional no sería posible en muchas ocasiones el desempeño eficaz del trabajo.

Un pilar esencial para la ejecución y desarrollo de la actividad profesional es la propia plantilla de trabajadores, directivos y empleados, que mediante su integración en un proyecto común contribuyen de manera decisiva a la consecución del objeto social perseguido por FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR.

Con la finalidad de ajustar la actividad y normas de actuación de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR a un beneficio colectivo, mediante el presente Código presentamos unos principios éticos y de conducta, pautas generales que deben regir el comportamiento de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR y de todos sus empleados en el cumplimiento de sus funciones y en sus relaciones profesionales.

Los valores informadores que constituyen la guía de conducta básica son la objetividad, la integridad, la neutralidad, la responsabilidad, la imparcialidad, la confidencialidad, la dedicación, la transparencia, la ejemplaridad, la austeridad, la accesibilidad, la eficacia, la honradez, la promoción del entorno cultural y medioambiental, el respeto y la igualdad.

Estas normas en ningún caso pretenden abarcar la totalidad de las situaciones posibles que pueden darse en el ámbito profesional, sino el establecimiento de unas pautas mínimas que inspiren la conducta y la forma de actuar de los empleados de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR en el ejercicio y desarrollo de sus funciones, persiguiendo de esta manera el buen gobierno corporativo, la transparencia y la responsabilidad social.

En la redacción del presente Código se han tenido en cuenta las Directrices sobre Gobierno Interno emitidas por la EBA en virtud del Art.16 del Reglamento (UE) nº 1093/2010, y han sido aprobadas por el Patronato de Fundación Social y Cultural Caja Rural del Sur.

La observancia del presente Código de Conducta será obligatoria para todos los trabajadores de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR, con independencia de su ubicación geográfica, área de actividad o nivel profesional.

Dentro de los empleados se comprenden todos los directivos y trabajadores de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR y de las empresas de su grupo de sociedades de acuerdo con la definición del artículo 42 del Código de Comercio, con independencia del tipo de contrato que determine su relación laboral, de la posición que ocupen y del lugar donde desempeñen su trabajo.

De igual manera, obligará a las personas que temporalmente hayan sido transferidas a FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR para la prestación de servicios profesionales.

Las referencias hechas a lo largo del presente documento a los empleados se entenderán hechas a las personas referidas en este apartado.

Todos los empleados son responsables de conocer, cumplir y hacer cumplir las leyes, políticas y procedimientos que les sean de aplicación, promoviendo su instauración y la adopción de las medidas que resulten necesarias.

            El Consejo Rector es el responsable de aprobar, observar, promover, garantizar y supervisar la aplicación de las normas contenidas en el presente documento.

Generales:

  • Conocer y cumplir las leyes, reglamentos y normas internas aplicables a las funciones que tienen asignadas.
  • Conocer y cumplir los compromisos y principios éticos y de conducta descritos en la presente norma.
  • Promover entre los empleados, contratistas, proveedores, clientes y colaboradores la adopción de los principios del Código de Conducta y favorecer su conocimiento y observancia.
  • Plantear las dudas que pudieren surgir al superior jerárquico.
  • Informar, a través del canal de denuncias establecido, de los incumplimientos, vulneraciones, incidencias o irregularidades de que se pudiere tener conocimiento.
  • Colaborar en el funcionamiento de los sistemas de control interno.

Especiales:

  • Deber de comunicación: todos tienen el Derecho y la obligación de informar a sus superiores jerárquicos o al Comité de Ética sobre cualquier incumplimiento o vulneración del Código de Conducta que pudiere observar en el desempeño de sus funciones, a través de los canales de comunicación establecidos.

El superior jerárquico en su caso lo pondrá en conocimiento del Comité de Etica.

 

  • Los empleados entre cuyas funciones se encuentre la gestión y dirección de equipos de personas: deberán velar por que las personas bajo su responsabilidad conozcan, comprendan y cumplan esta norma y liderar con el ejemplo.

Los empleados, cualquiera que se a su nivel o categoría, no pueden solicitar a otros empleados o colaboradores de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR que contravengan los principios establecidos en el presente Código de Conducta. De igual manera, no pueden justificar un incumplimiento del mismo amparándose en una orden de su superior o en el desconocimiento de los principios rectores.

Los incumplimientos del Código de Conducta en que eventualmente pudiera incurrir un empleado serán analizados por los superiores jerárquicos o por el Comité de Ética, y en su caso, sancionados de acuerdo con lo establecido en las normas de régimen disciplinario que resulten de aplicación, y en su caso, en el “Protocolo para la Prevención de la Responsabilidad Penal”.

A) CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD Y NORMATIVA APLICABLE.

Los trabajadores deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velarán por los intereses y necesidades de los clientes y de la propia empresa, con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico vigente.

FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR se compromete igualmente a respetar las libertades públicas y los derechos humanos reconocidos internacionalmente en la Carta Internacional de Derechos Humanos, Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y los 8 Convenios Fundamentales que los desarrollan.

Los empleados obrarán en todo momento conforme a la legalidad y a las buenas prácticas que les resulten de aplicación.

Respetarán los compromisos y obligaciones asumidos por FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR en sus relaciones contractuales con terceros.

 

No colaborarán con terceros en la violación de ninguna ley, ni en acciones que pudieran comprometer a FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR no sólo desde el punto de vista judicial, sino también reputacional.

 

B) DESARROLLO PROFESIONAL E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR procurará el crecimiento profesional de los empleados, contribuyendo al aprendizaje y desarrollo de las personas fomentando la igualdad de oportunidades laborales y evitando toda actuación que pueda producir discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Bajo ningún concepto se tolerarán conductas de acoso sexual, abuso de autoridad, ofensa, difamación u otra forma de agresividad, hostilidad o intimidación.

 

C) COOPERACIÓN Y DEDICACIÓN EN EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES.

Los empelados ajustarán su actuación a los principios de buena fe y lealtad hacia FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR, con sus superiores, compañeros, subordinados, colaboradores y autoridades.

Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los intereses de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR.

Desarrollarán las labores que comprenden su trabajo en un clima de colaboración, facilitando o poniendo a disposición de cualquier empleado la información que necesite para el acometimiento de sus funciones, aprovechando así todas las capacidades y recursos al alcance que lleven a la consecución del interés de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR.

El trabajo se realizará de modo eficiente durante la jornada laboral, rentabilizando el tiempo, los recursos y los medios que FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR suministra a los empleados para la realización de las labores propias de sus cargos, con una mentalidad permanente de ahorro tendente a una economía de los gastos utilizados y una austeridad en los gastos incurridos.

 

D) SALUD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE.

FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR se compromete a velar por la protección de sus empleados, socios, contratistas, proveedores, colaboradores y entorno adoptando las medidas preventivas establecidas en la legislación vigente para desempeñar las respectivas funciones en máximas condiciones de seguridad y salud.

Todos los empleados tienen el deber de conocer y cumplir las normas de protección de la salud y la seguridad en el trabajo y velar por la seguridad propia y ajena mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso se adopten.

Bajo ningún concepto se tolerará que los empleados en los centros de trabajo o en las instalaciones consuman o se hallen bajo los efectos del alcohol o sustancias alucinógenas o estupefacientes.

Igualmente, FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR se compromete a velar por la protección de su entorno local mediante la observancia de la normativa vigente en materia de Protección del Medio Ambiente, utilizando de modo eficiente la energía, a fin de preservar los recursos naturales y reducir las emisiones a la atmósfera.

Los empleados deberán conocer los efectos de los productos o procesos en que intervengan, prestando especial atención a la seguridad y al efecto medioambiental en el consumo, uso y manipulación de los mismos, que permita una utilización segura.

E) CONFLICTO DE INTERESES.

Los empleados se abstendrán de participar en los procesos en los que bien, por ellos mismos, bien por personas a ellos vinculados, pudieran existir intereses personales que entrasen en conflicto con los intereses de FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR, velando en todo caso por los intereses de ésta, actuando con la mayor profesionalidad.

A estos efectos se entenderá por personas vinculadas el cónyuge o las personas de análoga relación de afectividad, las ascendientes, descendientes y hermanos del empleado y las sociedades controladas, directa o indirectamente por el empleado o por una persona interpuesta.

De igual modo, los administradores o miembros del Consejo de Administración y las personas vinculadas por una relación laboral con FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR no podrán realizar por cuenta propia o ajena tareas, trabajos o prestar servicios en beneficio de empresas del sector o de empresas que desarrollen actividades susceptibles de competir directa o indirectamente con las de FUNDAICÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR.

En caso de existir un conflicto de intereses se pondrá en conocimiento del superior jerárquico, o, en su caso, del Comité de Ética.

La Entidad adoptará las medidas que proceda para mitigar el conflicto de interés. Se tendrán en cuenta no sólo los conflictos de intereses que puedan surgir de relaciones personales y profesionales actuales, si no también pasadas, debiendo informar de ellas a la Entidad que adoptará las medidas oportunas, si se considera que aun pueda tener impacto sobre el comportamiento del personal

Para la concesión de operaciones de riesgo a los administradores y partes vinculadas, se observarán las normas establecidas en los Estatutos y en el Reglamento Interno del Consejo.

Todos los conflictos de intereses reales o potenciales que se hayan notificado al Comité de Ética se evaluarán y gestionarán adecuadamente. Si se identifica un conflicto de intereses del personal, la Entidad documentará la decisión tomada, en particular si el Conflicto de intereses y los riesgos relacionados se han reconocido, y en tal caso cómo se han mitigado o solventado.

Los conflictos de intereses a nivel del órgano de administración, tanto individuales como colectivos, se documentarán adecuadamente, serán notificados al órgano de administración y será éste quien los valore, tome una decisión al respecto y los gestione adecuadamente.

Para el establecimiento de unos principios de conducta es preciso distinguir las principales esferas de relaciones de los trabajadores en el seno y en el exterior de la empresa.

Como hemos adelantado, el código de conducta tiene su aplicación concreta en los distintos ámbitos en los que se desarrolla la actividad de los profesionales; y así en FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR encontramos los siguientes:

Relación con la Fundación Social y Cultural Caja Rural del Sur

Todos los empleados de la FUNDACIÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR ejercerán su profesión con de dedicación exclusiva, no desarrollando otra actividad laboral con remuneración económica sin comunicación previa al Departamento de RRHH.

Asumen un compromiso de lealtad con el proyecto de la FUNDACIÓN, con las políticas, procedimientos, medidas y decisiones que se aprueben para llevarlas a cabo, y de transmisión de todo ello a todos los colaboradores y personal a nuestro cargo, siendo ejemplo de cumplimiento de las normas de la Entidad con nuestra propia conducta, así como de cumplimiento de las normas contenidas en el presente Código.

Igualmente asumen el compromiso de ejercer su trabajo con profesionalidad, eficiencia, dedicación y diligencia, así como respeto a los superiores, compañeros, socios y clientes y organismos públicos, con la necesaria adaptación a las necesidades del mercado y a las políticas y estrategias de la FUNDACIÓN en cada momento.

La participación en los planes, objetivos y políticas de la FUNDACIÓN lo será con obligada confidencialidad frente a terceros en evitación de la posible utilización competitiva ya que el Know-How, flujo de conocimientos generados, desarrollo de proyectos, aplicaciones y sistemas informáticos y su correspondiente documentación son propiedad exclusiva de la Caja y deben ser debidamente guardados y custodiados.

Se accederá únicamente a la información necesaria para el desarrollo de la función de cada empleado, quedando vedado acceder a la información que no sea necesaria para el desarrollo de la operativa, y en particular, en relación a la información relacionada con beneficiarios, patronos, directivos y otros empleados.

Se deberá poner en conocimiento de la FUNDACIÓN las actuaciones poco éticas o irregulares de personas de la Entidad, guardando ésta la debida confidencialidad, no admitiéndose ningún tipo de represalia contra los que efectúen dichas comunicaciones, debiendo la FUNDACIÓN poner los medios y procedimientos adecuados para que los empleados puedan denunciar las irregularidades, infracciones de normas, y principios contenidos en el presente Código u otra normativa de obligada observancia.

Relación con los beneficiarios.

  1. Los trabajadores tratarán con educación, respeto, atención y amabilidad.
  2. Realizarán el desempeño de las tareas correspondientes al puesto de trabajo de forma diligente y cumpliendo la jornada en el horario establecido.
  3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento del Comité de Ética a través del canal de denuncias correspondiente.
  4. Procurarán la seguridad y solvencia de la entidad, buscando la máxima eficacia, siempre de acuerdo con los principios éticos y el ordenamiento vigente.
  5. Evitará una publicidad que pudiera resultar engañosa o inducir a error, ejerciendo en todo momento una competencia lícita.
  6. Utilizarán o redactarán los documentos contractuales de forma clara y sencilla de manera que resulte comprensible para que los clientes conozcan y entiendan sus derechos y obligaciones.
  7. Velarán por la protección de los datos de los beneficiarios, asegurando su plena confidencialidad.

 

 Relación con los proveedores, contratistas y empresas colaboradoras.

  1. La entidad seleccionará sus proveedores, contratistas y empresas colaboradoras de forma imparcial y objetiva, de acuerdo con los principios básicos de economía y libre concurrencia, evitando cualquier conflicto de intereses o favoritismo en su selección.
  2. No ejercerá influencia sobre los mismos, ni realizará contrataciones que pudieren estar mediatizadas.
  3. Se rechazará cualquier regalo, favor, prebenda o servicio en condiciones más ventajosas, salvo las que se correspondan con los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.

 

Relación con la sociedad y las autoridades.

 

  1. La entidad cooperará y colaborará con las autoridades y fuerzas del orden a su requerimiento, facilitando la información que sea precisa en cada momento, contribuyendo así al orden y desarrollo socioeconómico.

 

  1. Denunciará cualquier hecho delictivo del que tenga noticia.

 

  1. Velará por el cumplimiento de la legalidad, adoptando medidas necesarias para la prevención y comisión en su seno de hechos que pudieran ser considerados delictivos. Articulará los medios necesarios para la puesta en marcha de estos mecanismos.

 

Relación con los empleados.

  1. Se integrarán en un proyecto común tendente a la consecución de los objetivos de la organización y satisfacción de sus grupos de interés.
  2. Se respetará la individualidad e intimidad de cada empleado, sin discriminación por sus actividades o ideas políticas, religiosas cualquier otra materia no directamente relacionada estrictamente con la actividad profesional.
  3. Se propiciará un entorno laboral adecuado para el desempeño de las funciones.
  4. Se observará la normativa sobre seguridad y salud laboral.
  5. Se retribuirán equitativamente los trabajos realizados.
  6. Se potenciará y promoverá el desarrollo personal y profesional de los empleados, y la motivación profesional, mediante una evaluación de las distintas capacidades y la planificación adecuada de la promoción profesional, con especial dedicación y atención a la formación continua de todo el personal.
  7. Se fomentará el respeto y la buena relación entre empleados, el tracto correcto que evite a cualquier daño, perjuicio o molestia.
  8. Se fomentará la comunicación interna, no sólo en lo atinente al desempeño individualizado de la actividad, sino también en lo referente a los objetivos e intereses de la entidad.

 

Relaciones con los competidores.

  1. FUNDAICÓN SOCIAL Y CULTURAL CAJA RURAL DEL SUR se compromete a competir en los mercados de forma leal impulsando la libre competencia en beneficio de los consumidores y usuarios cumpliendo siempre las normas jurídicas en vigor.
  2. Los empleados no realizarán actuaciones desleales ni publicidad ilícita de la actividad de sus negocios, ni de la de sus competidores o terceros, y evitarán toda conducta que constituya o pueda constituir un abuso o restricción ilícita de la competencia.
  3. La obtención de información de terceros, incluyendo información de la competencia, se realizará inexcusablemente de forma legal.

El órgano de administración de la organización controlará el cumplimiento de este Código y, en caso de que sea necesario, pondrá en práctica medidas especiales de verificación.

El incumplimiento del Código de Conducta por las Personas Afectadas podrá dar lugar a la comisión de las infracciones previstas en la normativa legal, societaria y laboral, y determinará la adopción de las pertinentes medidas o acciones disciplinarias, incluso el despido.

Las Personas Afectadas no podrán, independientemente de su cargo o posición jerárquica, solicitar, requerir u ordenar actuaciones o comportamientos que contravengan lo dispuesto en el Código de Conducta. A su vez, ninguna de las Personas Afectadas deberá cumplir solicitudes, requerimientos u órdenes contrarias al Código de Conducta, ni podrán ampararse en ellas como justificación de comportamientos ilegales.

Las Personas Afectadas deberán informar sobre las infracciones del Código de Conducta a sus superiores o, tratándose de miembros del Consejo de Administración o del Comité de Ética, al presidente de la Comisión de Auditoría.

No se podrá adoptar ninguna medida disciplinaria ni ningún tipo de represalia, directa o indirecta, por el hecho de la denuncia, pero esta regla no implica ningún tipo de inmunidad para los infractores, ni limita los derechos que correspondan, conforme a la normativa vigente, a los denunciados.

En el supuesto de que una Persona Afectada tenga conocimiento o indicio razonable de actuaciones ilegales o contrarias a lo previsto en este Código, podrá comunicar el incumplimiento por medio de denuncia escrita dirigida al Comité de Ética.

Para ello se podrán utilizar las siguientes vías:

-Correo electrónico: [email protected]

-Correo Postal a la siguiente dirección: Caja Rural del Sur, Comité de Etica, C/Murillo Nº 2, 41001, Sevilla.

-De forma Verbal.

El escrito de denuncia deberá contener como mínimo las siguientes menciones:

  1. Identidad del denunciante, así como el cauce de comunicación preferido.
  2. Identidad del denunciado.
  3. Hechos y motivos de la denuncia.
  4. Lugar, fecha y firma.

La identidad de la persona denunciante tendrá la consideración de información confidencial, pero es posible que pueda llegar a revelarse como consecuencia de investigaciones posteriores o procedimientos judiciales.

Las denuncias serán examinadas por el Comité de Ética, salvo que se dirijan contra alguno de sus miembros, en cuyo caso se encargará del examen y tramitación el Presidente del Patronato.

El Comité de Ética podrá recabar, con carácter previo a la decisión de tramitar o archivar la denuncia, la información precisa para su valoración previa. En el supuesto de que se considere que la denuncia no supone vulneración del Código de Conducta, se informará de ella al departamento competente por razón de los hechos comunicados, dando cuenta de ello al denunciante.

En el supuesto de que se apreciaran indicios de vulneración del Código de Conducta, se instruirá un expediente de carácter confidencial, en el que podrá requerirse la colaboración precisa de cualquier Persona Afectada, viniendo estas obligadas a prestarla dentro de los términos de la normativa aplicable.

Sin perjuicio de la confidencialidad de la identidad del denunciante, la persona acusada será informada de la existencia de la denuncia, de los hechos de los que se le acusa, de los departamentos o servicios dentro de la compañía que podrán recibir el informe del Comité de Ética, y de la posibilidad de ejercer sus derechos. No obstante, esta información podrá retrasarse mientras sea necesario para poder llevar a cabo eficazmente la investigación y la recopilación de pruebas.

Si como consecuencia del expediente se considera producida una vulneración del presente Código, se comunicará al Departamento competente por si se apreciara infracción laboral o por si procediera la remisión de la información a las autoridades administrativas o judiciales.

Los datos personales relacionados con las denuncias se conservarán durante las investigaciones que se lleven a cabo y, una vez concluidas las mismas, se eliminarán a los tres meses, salvo que, por llevarse a cabo actuaciones judiciales o por otras autoridades competentes, resulte necesaria su conservación.

Al menos una vez al año se informará al Patronato de las denuncias recibidas y de las actuaciones realizadas en relación con las misma.